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miércoles, 25 de septiembre de 2019

Acta de Jura de la independencia de Allauca (Yauyos), Tauripampa, Pócoto, Porocha y Capillucas : 18.noviembre.1821

ACTA DE JURA DE LA INDEPENDENCIA DE ALLAUCA, TAURIPAMPA. PÓCOTO, POROCOCHA Y CAPILLUCAS:

“En el pueblo de Allauca anexo de la Doctrina de Tauripampa hoy domingo dies y ocho del Mes de Noviembre del año de mil ochosientos veinte y uno y primero de la Yndependencia, hallándose reunidos todos los habitantes después dela Misa Cantada qe con toda solemnidad se celebró y hecha la debida exhortación pa. la inteligencia del juramento de la Yndependencia del Perú, se leyó el oficio del Exmo. Sr. Dn. José de San Martín Protector del Perú y/c en copia se me acompañó un oficio de 30 de octubre, del Sr. Dean D. D. Francisco Xavier de Echague comisionado para hacerlo presente a todos los párrocos de los departamentos libres, en que se incluye la fórmula con que debe practicarse el juramento, y impuestos en su contenido todos conforme dijeron que juraban la Yndependencia del Perú de la Dominación Española y de toda otra extrangera, y en su virtud lo firmaron conmigo como cura párroco de esta Doctrina los ynfrascritos en nombre de todo el pueblo y para su debida constancia así lo certifico= Batolomé Paez Jaramillo.- Favian de Mendoza, Alcalde de Tauripampa.- Nazario Urbano, Alcalde.- Arruego por no saber firmar Ysidro Soto, Alcalde de Pócoto.- Balentin Gervacio, Alcalde de Porococha.- Esteban Alzamora.- Esteban Sua...- Lucas Evangelista.- Evaristo Sarmiento, El Capitán.- Esteban Alzamora, Principal.- Pedro Alzamora.- Jose Manuel Sarmiento.- Jose Ceberino Nuñez, Principal.- Jose Parcario, Alcalde de Capillucas.- Jacinto Roque, Capitan de Tauripampa.- Jose Ceberino N..., Capitán de Porococha.- Hilario Alzamora”.

FUENTE: Comunicaciones, 18.11.1821,  Legajo 4, Expediente  19. Archivo Arzobispal de Lima.

NOTA.- La jura de la independencia se debía hacer en la capital de la Doctrina (equivalente a capital de un distrito actual), pero en este caso se hizo en el pueblo de Allauca, mencionando que es anexo de la Doctrina de Tauripampa. Algunos pueblos firmaron dos actas.


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Acta de jura de la independencia de Allauca, Tauripampa, Pócoto, Porococha y Capillucas 18 de noviembre de 1821, página 1. En la página 2 están las 3 últimas firmas. (Original: Archivo Arzobispal de Lima).

miércoles, 14 de agosto de 2019

Acta de jura de la independencia de Atun Yauyos, Pampas y Tauripampa; y sus anexos: Allauca, Huantán, Cusi, Auco, Aquicha, Porococha y Aucampi.

-Por disposición de San Martín, cada doctrina (que después se llamó distrito) debía hacer su acta de jura de la independencia, pero en el presente caso, se juntaron 3 doctrinas: Atun Yauyos, Pampas y Tauripampa; y sus anexos,  e hicieron una sola Acta-

                ACTA DE JURA DE LA INDEPENDENCIA FIRMADA EN EL PUEBLO DE ATUN YAUYOS:

En veinte del mes de Noviembre del año de mil ochocientos veinte y uno, y primero de las independencia del pueblo de Atún- Yauyos, hallándose reunidos todos sus habitantes después de la Misa que con toda solemnidad se celebró y hecha la debida exhortación para la inteligencia del juramento de la independencia del Perú, se leyó el oficio del Excmo. señor D. José de San Martín, Protector del Perú, que en copia se acompañó en oficio del señor Dean D. D. Francisco Xavier de Echagüe, Gobernador del Arzobispado y comisionado para hacerlo presente a todos los párrocos de los departamentos libres, en que se incluye la fórmula con que debe practicarse el juramento concebido en estos términos: ¿Juráis a Dios y a la Patria sostener y defender con vuestra opinión, persona y propiedades la independencia del Perú del Gobierno español y de cualquiera otra dominación extrangera? Si así lo hiciereis, Dios os ayude, y si nó, El y la Patria os lo demanden.
    Impuestos en su contenido todos conformes dixeron que juraban la independencia del Perú de la dominación española y de toda otra extrangera, y en su virtud lo firmaron conmigo como cura párroco de esta doctrina los infrascritos en nombre de todo el pueblo, y para su constancia así lo certifico.-Domingo Villegas.- José Guillermo Cayro, Gobernador.-  Policarpo Huelguera (Helguera), Alcalde de Yauyos.-  Nazario Novano, Alcalde de Allauca.- Raymundo Velásquez, Alcalde de  Guantán.- Manuel Herbay, Alcalde de Cusi.- Eustaquio Chaupín, Alcalde de Guantán.- A ruego del Alcalde de Auco, Fray Manuel Aranzaes.- Fabián Mendoza, Alcalde de Tauripampa.- Paulino Pingullo, Alcalde de Aquicha.- Jose Yldefonso, Alcalde de Pampas.- Dionisio S. Zabala, Alcalde de Aucampi.- Casimiro Barona, capitán.- Basilio Guancanbasa, capitán de Guantán.- Manuel Euginos, capitán de Auco.- José Jiménez, capitán.- José Manuel Sarmiento, capitán de Allauca.- José Ceberino Nuñiz, capitán de Porococha.-  Apolinario Angel, capitán de Aucampi”.

FUENTE: Archivo Arzobispal de Lima. Serie Emancipación 1811-1825. EJI.1.6.- Acta de Jura de la Independencia del pueblo de Atun Yauyos, 20-11-1821, 1 f.




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Acta de Jura de la independencia de Atun Yauyos, Pampas y Tauripampa y sus anexos: Allauca, Huantán, Cusi, Auco, Aquicha, Porococha y Aucampi. Página 1. (Original: Archivo Arzobispal de Lima).



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Acta de Jura de la independencia de Atun Yauyos, Pampas y Tauripampa y sus anexos: Allauca, Huantán, Cusi, Auco, Aquicha, Porococha y Aucampi. Página 2. (Original: Archivo Arzobispal de Lima).


NOTA.- Para ver la Relación de Actas de jura de la independencia de los pueblos del departamento de Lima, haga clic en el siguiente enlace: